Qué puedes deducir en RESICO 2026: la guía honesta
Resumen incómodo: en RESICO no deduces tus gastos operativos del negocio mes a mes. La tasa baja (1% a 2.5%) es el precio que pagas por esa simplicidad. Lo que sí puedes deducir son las deducciones personales anuales en tu declaración de abril — y aplican igual que a cualquier persona física. Aquí va el detalle real, sin venderte humo.
Si llegaste a esta página probablemente alguien te dijo "guarda todas tus facturas para deducir" y estás juntando un cerro de CFDIs cada mes. Mala noticia: en RESICO, ese cerro no reduce tu pago mensual de ISR. Buena noticia: la tasa que pagas ya es muy baja precisamente por eso. Vamos por partes.
Cómo funciona realmente RESICO
El Régimen Simplificado de Confianza es flujo de efectivo puro: pagas ISR sobre lo que cobraste en el mes (no sobre lo facturado, no sobre la utilidad). La tasa es progresiva pero baja:
| Ingreso mensual cobrado | Tasa ISR |
|---|---|
| Hasta $25,000 | 1.00% |
| Hasta $50,000 | 1.10% |
| Hasta $83,333 | 1.50% |
| Hasta $208,333 | 2.00% |
| Hasta $3,500,000 anuales | 2.50% |
Compáralo con Actividad Empresarial y Profesional, donde la tasa marginal llega a 35% sobre utilidad. El intercambio es claro: tasa baja a cambio de no deducir gastos operativos.
La base gravable mensual de RESICO es el ingreso cobrado. Multiplicas por la tasa de tu rango y eso es tu ISR del mes. Sin restas, sin ajustes, sin deducibles operativos.
Lo que SÍ puedes deducir (anual, en abril)
Las deducciones personales aplican a todas las personas físicas, incluidas las RESICO. Se aplican una vez al año en tu declaración anual (abril 2027 para el ejercicio 2026). Reducen el ISR ya calculado.
1. Gastos médicos, dentales y hospitalarios
Tuyos, de tu cónyuge, concubina/o, ascendientes (padres) o descendientes en línea recta (hijos). Incluye honorarios médicos, dentales, psicológicos, análisis clínicos, hospitalización, prótesis, lentes graduados (hasta $2,500), aparatos para discapacidad. Requisito clave: pagado con tarjeta, transferencia o cheque nominativo — efectivo no se acepta.
2. Gastos funerarios
Hasta una UMA elevada al año (~$41,000 en 2026) por cada uno de los familiares mencionados arriba. Aplica solo en el ejercicio en que ocurra el fallecimiento.
3. Donativos
Hasta el 7% de los ingresos acumulables del año anterior. Solo a donatarias autorizadas por el SAT — pídeles su recibo deducible con folio fiscal.
4. Intereses reales de hipoteca
Los intereses (no el capital) de tu crédito hipotecario para casa habitación. La institución bancaria te emite un estado anual con el monto deducible — es la parte que ya descuenta la inflación.
5. Aportaciones voluntarias al retiro
Aportaciones a tu AFORE en subcuenta voluntaria de retiro o a planes personales de retiro (PPR). Tope: 10% de tus ingresos del año o 5 UMAs anuales (~$205,000), lo que sea menor.
6. Primas de seguros de gastos médicos mayores
Solo la prima — no los gastos pagados con la póliza. Aplica a ti, cónyuge, ascendientes o descendientes.
7. Transporte escolar obligatorio
Solo si la escuela lo marca como obligatorio en su reglamento y viene desglosado del costo de la colegiatura.
8. Colegiaturas
Topes anuales 2026 por nivel:
- Preescolar: $14,200
- Primaria: $12,900
- Secundaria: $19,900
- Profesional técnico: $17,100
- Bachillerato o equivalente: $24,500
La universidad no es deducible. La escuela debe tener validez oficial de estudios y emitir CFDI con uso D10.
El total de tus deducciones personales (excepto donativos, aportaciones al retiro y colegiaturas que tienen sus propios topes) no puede pasar de 5 UMAs anuales (~$205,000) ni del 15% de tus ingresos totales, lo que sea menor.
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Lo que NO puedes deducir (aunque tengas el CFDI)
Estos son los gastos que más confusión causan. Tener el CFDI no los hace deducibles si estás en RESICO:
- Renta de oficina o coworking — gasto operativo, no aplica a base de ISR mensual
- Equipo de cómputo, software, suscripciones SaaS — aunque sean para tu trabajo
- Internet, telefonía, gasolina, peajes — gastos del negocio, no deducibles en RESICO
- Papelería, materiales, insumos — incluso para tu actividad principal
- Capacitación y cursos profesionales — tampoco
- Comidas con clientes — ni siquiera el 8.5% que aplica en otros regímenes
- Honorarios de contador, abogado, consultor — el costo de tu propio aparato administrativo
- Tarjeta de crédito anualidad o intereses — irrelevante en RESICO
Esto es precisamente por lo que la tasa del régimen es tan baja. Si necesitas deducir muchos gastos operativos, RESICO probablemente no es tu mejor opción — Actividad Empresarial y Profesional permite restarlos antes de aplicar la tabla del ISR.
Algunos contadores tradicionales le dicen a sus clientes RESICO que "guarden todas sus facturas para deducir". En la práctica, esos CFDIs no reducen el pago mensual ni la declaración anual. Sirven solo como evidencia ante revisiones del SAT — útil, pero no deducible.
¿Y el IVA?
RESICO sí causa IVA cuando aplica (servicios no exentos, venta de bienes). Aquí los CFDIs de tus gastos sí tienen rol: el IVA acreditable de tus compras se resta del IVA que cobraste a tus clientes. Pero esta mecánica es independiente del ISR.
Si solo facturas servicios exentos (educación, salud, vivienda) o no rebasas el umbral de inscripción a IVA, este punto no aplica.
Errores que activan revisión del SAT
Aplicar gastos del negocio como "deducción personal"
El cargo más común. Una comida con cliente no es gasto médico, una renta de oficina no es donativo. El SAT cruza las declaraciones con los CFDIs y detecta inconsistencias.
Pagar deducciones personales en efectivo
Si el monto es mayor a $2,000 y lo pagas en efectivo, la deducción se anula. Honorarios médicos, primas de seguros, colegiaturas — siempre con tarjeta, transferencia o cheque.
Donativos sin recibo deducible
Un comprobante normal no sirve. Necesitas el recibo deducible con folio fiscal específico de "donativo" emitido por una donataria autorizada. Verifica la autorización en el padrón del SAT antes de donar.
No coincidir con la declaración del ejercicio anterior
Si en 2025 declaraste cero deducciones personales y en 2026 declaras $200,000 sin un cambio de vida obvio (boda, hijo, hipoteca), el SAT puede pedirte aclaración.
Cuándo te conviene salir de RESICO
RESICO es ideal si:
- Tus ingresos vienen principalmente de servicios profesionales o ventas con margen alto
- Tus gastos operativos representan menos del 20% de tus ingresos
- Tu cobranza es ágil (no acumulas cuentas por cobrar grandes)
- Valoras pagar menos impuestos a cambio de no llevar contabilidad detallada
Te conviene migrar a Actividad Empresarial y Profesional si:
- Tus gastos operativos pasan del 40% de tus ingresos
- Tienes inversiones fuertes en equipo, software o personal que querrías depreciar/deducir
- Manejas inventarios o costo de ventas significativo
- Tus márgenes son delgados y la tasa de 2.5% sobre ingresos te duele más que 30% sobre utilidad real
El cambio se solicita antes del 31 de enero del año en que quieres aplicar el nuevo régimen. Una vez fuera de RESICO, no puedes regresar.
Calendario RESICO 2026
- Día 17 de cada mes: declaración mensual del mes anterior
- 30 de abril 2027: declaración anual del ejercicio 2026
- Constancia de Situación Fiscal actualizada: requerida si cambias domicilio, régimen o actividad económica
- Aviso de actualización de obligaciones: 30 días naturales tras un cambio relevante
Preguntas frecuentes
¿Cuánto pago de ISR si gano $40,000 al mes en RESICO?
Tu rango es "hasta $50,000" con tasa 1.10%. $40,000 × 1.10% = $440 de ISR mensual. Comparado con Actividad Profesional, donde a ese nivel de utilidad pagarías aproximadamente 16% efectivo ($6,400). El ahorro de RESICO es real — siempre que aceptes no deducir gastos operativos.
¿Puedo deducir mi laptop si la uso para trabajar?
No. En RESICO no hay deducción de activos fijos ni gasto operativo. Tu laptop, monitor, software, suscripciones SaaS — nada de eso reduce el ISR mensual ni el anual. Solo aplican deducciones personales (médicas, hipoteca, colegiaturas, etc.).
¿Qué pasa si no presento mi declaración mensual?
Multa de $1,560 a $38,700 por cada declaración omitida, más recargos sobre el ISR que debiste pagar. Después de 3 incumplimientos seguidos, el SAT puede sacarte automáticamente de RESICO y reubicarte en Actividad Empresarial — donde tu carga fiscal será mucho mayor.
¿RESICO me permite emitir facturas con IVA?
Sí. RESICO no es un régimen "sin IVA" — causa IVA sobre los servicios y bienes que no están exentos por la Ley del IVA. Tu CFDI debe llevar el desglose. El IVA acreditable de tus compras se resta del IVA cobrado a clientes en la declaración mensual.
¿Cuándo me conviene salir de RESICO?
Cuando tus gastos operativos pasen del 40% de tus ingresos. Por ejemplo: facturas $100,000/mes pero tus costos directos son $50,000. En RESICO pagas 2% × 100,000 = $2,000. En Actividad Profesional pagarías ISR sobre $50,000 de utilidad, ~$5,000 — pero si esos costos suben a $70,000, pagarías $2,400 en RESICO contra $1,500 en Actividad Profesional. Hay un punto de cruce.
¿Puede Contix presentar mi declaración mensual RESICO?
Sí. Contix recibe tus credenciales del SAT, descarga tus CFDIs emitidos del mes, valida el prellenado del portal, calcula el ISR exacto y presenta la declaración. Te avisa por WhatsApp con captura del acuse. Si la cantidad varía mes a mes, sigues teniendo cero trabajo — solo le mandas fotos de tickets si quieres que registremos los gastos.
¿Las facturas que emito a mis clientes me sirven para deducir?
No, esos son tus ingresos — la base sobre la que pagas. Lo que estás pensando es al revés: los CFDIs que recibes de proveedores serían los "gastos". Y en RESICO, esos CFDIs de gastos tampoco se deducen del ISR mensual. Solo se usan para IVA acreditable si aplica.
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Recursos oficiales
- SAT — Régimen Simplificado de Confianza
- SAT — Declaración anual personas físicas
- SAT — Deducciones personales
- SHCP — Tarifas ISR vigentes
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