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Declaración mensual RESICO 2026 paso a paso (sin contador)

Guía actualizada — mayo 2026 Lectura: 7 min Aplica a RESICO PF

Resumen: en RESICO declaras sobre ingresos cobrados (no facturados), tasas del 1% al 2.5% según rango, vence el día 17 del mes siguiente. Sin deducciones para ISR, pero con IVA acreditable si tu actividad lo causa. Aquí está el paso a paso real.

El Régimen Simplificado de Confianza para personas físicas (RESICO PF) es probablemente el régimen fiscal más amigable que ha publicado el SAT en décadas. Tasas bajas, cálculo simple, sin papeles de trabajo complicados. Pero "simple" no significa "automático" — sigues teniendo que presentar declaración cada mes, sin falta, antes del día 17.

Esta guía cubre el procedimiento completo para que lo hagas tú mismo desde el portal del SAT. Al final mostramos cómo Contix lo hace en automático si prefieres no abrirlo cada mes.

Antes de empezar: lo que necesitas a la mano

⚠ Diferencia clave de RESICO

En RESICO declaras sobre lo cobrado, no sobre lo facturado. Si emitiste un CFDI en marzo pero el cliente te pagó en abril, el ingreso va en la declaración de abril. Esta es la fuente de error #1 — incluso entre contadores.

Tabla de tasas RESICO PF 2026

Ingresos cobrados del mesTasa ISR
Hasta $25,0001.00%
$25,000.01 a $50,0001.10%
$50,000.01 a $83,333.331.50%
$83,333.34 a $208,333.332.00%
$208,333.34 a $291,666.662.50%

El límite anual para mantenerse en RESICO PF es $3,500,000 pesos. Si lo rebasas, en el mes siguiente sales automáticamente al régimen de Actividad Empresarial y Profesional.

Los 6 pasos para presentar la declaración

PASO 1

Reúne tus ingresos COBRADOS

Abre tu estado de cuenta bancario del mes y suma todos los depósitos que correspondan a ventas o servicios cobrados. Suma también cobros en efectivo si los hubo. No incluyas préstamos, devoluciones, traspasos entre tus propias cuentas, ni depósitos no relacionados con tu actividad.

Si te transfirieron por concepto de un trabajo facturado el mes pasado, ese ingreso entra HOY. Si facturaste hoy pero te pagarán el próximo mes, ese ingreso NO entra todavía.

PASO 2

Concilia tus CFDIs emitidos contra los cobros

Entra al portal del SAT → Factura Electrónica → Consulta de Facturas Emitidas. Descarga todos los CFDIs del mes. Cada peso cobrado debe tener un CFDI 4.0 emitido a nombre del cliente.

Si te pagaron sin haber emitido el CFDI, emítelo antes del día 17. Si lo emites después de declarar, el SAT puede observar la inconsistencia.

PASO 3

Aplica la tasa RESICO al total cobrado

Localiza tu monto total en la tabla de arriba y aplica la tasa correspondiente. Ejemplo: si cobraste $45,000 en el mes, tu tasa es 1.10% y tu ISR a cargo es $45,000 × 1.10% = $495.

Sin deducciones para ISR

La tasa RESICO ya es reducida porque el régimen no admite deducciones para el cálculo del ISR. No restas gastos antes de aplicar la tasa — se aplica directo a ingresos cobrados.

PASO 4

Calcula IVA (si lo causas)

Si tu actividad causa IVA (la mayoría de servicios profesionales y comercio), aplica:

  • IVA trasladado = 16% del total de ingresos gravados cobrados
  • IVA acreditable = 16% del total de gastos con CFDI relacionados con tu actividad
  • IVA a pagar = trasladado − acreditable (si el resultado es negativo, es saldo a favor que puedes compensar el siguiente mes)

Esta es la razón por la cual conviene facturar todos los gastos relacionados — aunque no reduzcan el ISR, sí reducen el IVA a pagar.

¿Y si Contix te entrega el cálculo listo?

Cada mes te mandamos preview por WhatsApp: ingresos, CFDIs, ISR, IVA. Tú apruebas, nosotros presentamos. Sin abrir el portal del SAT.

PASO 5

Captura la declaración en el portal del SAT

Entra a sat.gob.mx → Mi Portal → Trámites → Declaraciones → "Presenta tu declaración mensual". Selecciona el periodo (mes/año) y el tipo "Normal".

El sistema te muestra una pre-llenada con los CFDIs que ya tiene el SAT. Revisa que coincidan con tus cobros — el portal trae lo facturado, pero tú declaras lo cobrado. Ajusta los montos donde haya diferencia y captura tu cálculo de ISR e IVA.

Antes de enviar, el sistema te muestra el resumen. Verifica una última vez. Luego firma con tu contraseña del SAT (o e.firma) y envía.

PASO 6

Paga la línea de captura antes del día 17

Si tienes impuesto a cargo, el SAT genera una línea de captura con vigencia (normalmente hasta el último día del mes). Imprímela o guarda el PDF.

Entra a tu portal bancario y paga con la línea de captura. Casi todos los bancos mexicanos aceptan pagos al SAT como un servicio dado de alta. Guarda el comprobante de pago — el SAT puede pedirlo dentro de 5 años.

Si pagas después del día 17, el SAT cobra recargos del 1.47% mensual + actualización por inflación. Si no presentas la declaración, la multa va de $1,810 a $44,790 pesos.

Los 3 errores que más activan revisiones automáticas

1. Declarar lo facturado en vez de lo cobrado

Es el error #1. El SAT cruza tu declaración contra tus CFDIs emitidos y contra tu información bancaria (sí, la tiene). Si declaras menos de lo facturado, te observa. Si declaras más de lo cobrado, estás pagando ISR de más sin necesidad.

2. No emitir CFDI por cobros en efectivo

Aunque te paguen en efectivo, debes emitir el CFDI correspondiente. Si no lo haces y luego declaras esos ingresos, el SAT detecta la inconsistencia entre tu declaración y tus CFDIs emitidos. Si no los declaras, igualmente te pueden observar vía discrepancia fiscal.

3. Régimen fiscal incorrecto en CFDIs recibidos

Cuando emites un CFDI a un cliente, debes poner SU régimen — no el tuyo. Si emites un CFDI a una empresa y le pones régimen 626 (RESICO), el SAT puede cancelar el CFDI y dejar al cliente sin deducción. Esto afecta tu reputación y puede activar revisiones del SAT.

Calendario fiscal RESICO 2026 — fechas que no puedes olvidar

PeriodoFecha límite
Enero 202617 de febrero
Febrero 202617 de marzo
Marzo 202617 de abril
Abril 202618 de mayo (el 17 cae domingo)
Mayo 202617 de junio
Junio 202617 de julio
Julio 202617 de agosto
Agosto 202617 de septiembre
Septiembre 202619 de octubre (el 17 cae sábado)
Octubre 202617 de noviembre
Noviembre 202617 de diciembre
Diciembre 202618 de enero 2027 (el 17 cae domingo)

Las declaraciones de RESICO PF se presentan en el mes inmediatamente siguiente al periodo declarado. Si el día 17 cae en sábado, domingo o día festivo, el plazo se recorre al siguiente día hábil.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo es la fecha límite de la declaración mensual de RESICO?

Día 17 del mes siguiente. La declaración de abril vence el 17 de mayo, la de mayo el 17 de junio, y así. Si cae en fin de semana o festivo, se recorre al siguiente día hábil.

¿Qué pasa si no declaro a tiempo?

Multa de $1,810 a $44,790 pesos por declaración omitida (2026), más recargos del 1.47% mensual sobre el impuesto a cargo y actualización por inflación. Tres omisiones consecutivas pueden sacarte de RESICO y obligarte al régimen general.

¿Cuál es la tasa de ISR para RESICO?

Del 1% al 2.5% mensual según rango de ingresos: hasta $25K = 1%, hasta $50K = 1.1%, hasta $83.3K = 1.5%, hasta $208.3K = 2%, hasta $291.6K = 2.5%. El límite anual para mantenerse en RESICO PF es $3,500,000.

¿En RESICO declaro lo cobrado o lo facturado?

Lo cobrado. Si emitiste un CFDI en marzo y el cliente te pagó en abril, ese ingreso va en la declaración de abril. Esta es la diferencia más importante con otros regímenes.

¿Necesito contador para declarar RESICO?

No es obligatorio por ley. Pero los errores en el cálculo, la conciliación de CFDIs o el manejo de IVA cuestan más que un contador o un servicio automatizado. Si tu negocio crece o tus ingresos varían cada mes, conviene apoyarte en algo.

¿Puedo deducir gastos en RESICO PF?

Para ISR no — la tasa ya es reducida. Para IVA sí: los CFDIs de gastos relacionados con tu actividad reducen el IVA a pagar. Por eso conviene facturar todos los gastos relacionados, aunque no impacten el ISR.

¿Qué pasa si rebaso los $3,500,000 anuales?

Sales automáticamente de RESICO al mes siguiente y entras al régimen general (Actividad Empresarial y Profesional), con tasas progresivas hasta 35%. Conviene proyectar tus ingresos a mitad de año y considerar si te conviene cambiar de estructura.

¿Contix presenta mi declaración en automático?

Sí. Cada día 14 te mandamos preview por WhatsApp con ingresos cobrados, ISR, IVA y línea de captura. Apruebas con un mensaje y nosotros presentamos al SAT. Tarda menos de 24h después del cierre del mes.

Cómo Contix lo hace automático

Cada mes, Contix:

  1. Se conecta a tu SAT con tu CIEC y descarga todos tus CFDIs emitidos y recibidos
  2. Concilia ingresos facturados contra cobros bancarios (te pedimos la conexión al inicio o subes el estado de cuenta)
  3. Calcula ISR según tabla RESICO PF + IVA si lo causas
  4. Te manda preview por WhatsApp el día 14 con el cálculo completo
  5. Si apruebas, presentamos al SAT y te enviamos la línea de captura para pagar

Tu rol se reduce a aprobar con un mensaje. Si algo no cuadra, lo platicamos por chat antes de presentar.

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Recursos oficiales

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